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año:2021
 
año:2007
 
proceso:REVISION DEL REGLAMENTO DE GASTOS DE VIAJE Y DE TRANSPORTE PARA FUNCIONARIOS PUBLICOS
 

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División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Fiscalización para el Desarrollo de las Finanzas Públicas Al contestar refiérase al oficio Nº 8924 17 de junio, 2021 DFOE-FIP-0036 Señora Yanina Chaverri Rosales Alcaldesa MUNICIPALIDAD DE OSA lbran@munideosa.go.cr ychaverri@munideosa.go.cr Estimada señora: Asunto: Emisión de criterio sobre la regulación del pago de viáticos por concepto taxi y aplicación del artículo 22 del Reglamento de Gastos de Viaje y transporte para los funcionarios públicos. Damos respuesta a su nota N° DAM-394-2021, del 6 de mayo de 2020 y recibida para efectos legales en esta Contraloría el 7 de mayo, por la cual se consulta la aplicación del artículo 22 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos. I. Motivo de la consulta En su nota, la señora Alcaldesa, formula dos preguntas puntuales: 1) ¿Ante la ausencia de reglamento interno que regule el tema del pago de viáticos específicamente taxi, es improcedente el pago por concepto taxi? 2) Le aplica el artículo 22 del reglamento de Gastos de Viaje y transporte para los funcionarios públicos a los funcionarios de la Municipalidad? Finaliza informando que se adjunta Criterio Jurídico CR-PSJ-34-2021 del 05 de mayo del 2021, el cual corresponde al criterio del Departamento Servicios Jurídicos, el cual concluye que “...el concepto del pago por concepto de transporte taxi únicamente procede si se encuentra regulado por la administración …” y que el artículo 22 de marras, sí es de aplicación para el sector municipal. II. Criterio de esta Contraloría En primer término, señalamos que el ejercicio de la potestad consultiva de la Contraloría General, se encuentra regulado en el artículo 29 de la Ley Orgánica (Ley N° 7428 del 4 de setiembre de 1994) y el Reglamento sobre la recepción y atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República (Resolución N° R-DC-197-2011), publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 244 del 20 de diciemb ...
Fecha publicación: 21/06/2021
Fecha emisión: 17/06/2021
Institución: MUNICIPALIDAD DE OSA
Emite: Área de Fiscalización para el Desarrollo de las Finanzas Públicas
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: REVISION DEL REGLAMENTO DE GASTOS DE VIAJE Y DE TRANSPORTE PARA FUNCIONARIOS PUBLICOS
Año: 2021


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Fiscalización del Sistema de Administración Financiera de la República PAGE División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Fiscalización del Sistema de Administración Financiera de la República Lic. Guillermo Zúñiga Chaves 2 12 de setiembre, 2006 Al contestar refiérase al oficio Nro. 1626 19 de febrero, 2007 FOE-SAF-0070 Licenciado Manuel González Cabezas Auditor General BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL Estimado señor: Asunto: Ampliación de respuesta a consulta sobre la aplicación del artículo 7° del Reglamento de Viáticos. De acuerdo con la reunión sostenida el pasado miércoles 7 de febrero, en la que participaron personeros de esa Auditoría Interna y funcionarios de esta Área de Fiscalización, y con el propósito de evitar cualquier interpretación confusa de parte de los destinatarios, esta Oficina conviene en adicionar nuestra respuesta, en el entendido de que, de conformidad con la letra del artículo 7° del Reglamento de gastos de viaje y de transporte para funcionarios públicos, tratándose del caso del auditor y subauditor internos, corresponde al jerarca del Banco Popular, autorizar los viajes al exterior y el adelanto de gastos correspondiente. Cuando se trate de los otros funcionarios de la Auditoría Interna, -distintos a los señalados-, la autorización de viajes al exterior y el adelanto respectivo, será competencia de la Autoridad Superior Administrativa. Para ambas situaciones, y conforme a las definiciones dadas por dicho artículo 7°, se entenderá por “jerarca”, el superior jerárquico, unipersonal o colegiado, del órgano o ente, quien ejerce la máxima autoridad, y por “Autoridad Superior Administrativa”, al presidente ejecutivo, gerente general, alcalde o funcionario administrativo de mayor rango dentro de la institución u organización, según corresponda. Atentamente, Lic. Federico Castro Páez Gerente de Área RACS/gcc ci: Archivo Central (2) Expediente Ni: 269 ...
Fecha publicación: 23/02/2007
Fecha emisión: 19/02/2007
Institución: BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL
Emite: AREA FISC. SIST. ADM. FINAN. DE LA REP.
Tipo documental: VIATICOS
Proceso: REVISION DEL REGLAMENTO DE GASTOS DE VIAJE Y DE TRANSPORTE PARA FUNCIONARIOS PUBLICOS
Año: 2007
Tesauro: Competencia para extender autorizaciones


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Fiscalización del Sistema de Administración Financiera de la República PAGE División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Fiscalización del Sistema de Administración Financiera de la República Sr. Mario Brizuela Rangel 2 14 de febrero, 2007 Al contestar refiérase al oficio Nro. 1400 14 de febrero, 2007 FOE-SAF-0053 Señor Mario Brizuela Rangel Director General MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO Estimado señor: Asunto: Tarifa diaria de viáticos a Guyana. Me refiero a sus oficios números DG-076-06 y DG-077-06, ambos de fecha 9 de febrero de 2007, mediante los cuales y al amparo de lo dispuesto por último párrafo del artículo 34° del Reglamento de gastos de viaje y de transporte para funcionarios públicos (Reglamento de Viáticos), nos solicita la tarifa diaria de viáticos para la República Cooperativa de Guyana, en razón de los viajes que efectuarán el Subdirector de Política Exterior, señor Alejandro Solano Ortiz y el Ministro de Relaciones Exteriores, señor Brugno Stagno Ugarte, entre el 26 de febrero y 4 de marzo y entre el 1 y 4 de marzo respectivamente. Al respecto me permito informarle que en la resolución N° R-CO-1-2007 de esta Contraloría General, publicada en el diario oficial La Gaceta N° 26 del 6 de febrero de 2007, se incluyó la tarifa diaria de viáticos a Guyana, dentro de la tabla del artículo 34 del Reglamento de Viáticos. Al igual que dicha tarifa, también se incluyeron algunas más que no estaban consideradas en el Reglamento anterior, se recalificaron las de los otros países y se modificaron varios artículos del citado ordenamiento. En el caso particular de Guyana la tarifa vigente es la siguiente: Destino Miembros de Funcionarios pertene- Otros los Supremos cientes al nivel deter- Funcionarios Poderes minativo y de ejecución o fiscalización superior I II III E.U.A. $ E.U.A. $ E.U.A. $ Guyana 192,00 160,00 136,00 Aprovecho la opor ...
Fecha publicación: 18/02/2007
Fecha emisión: 13/02/2007
Institución: NO APLICA
Emite: AREA FISC. SIST. ADM. FINAN. DE LA REP.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: REVISION DEL REGLAMENTO DE GASTOS DE VIAJE Y DE TRANSPORTE PARA FUNCIONARIOS PUBLICOS
Año: 2007


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Fiscalización del Sistema de Administración Financiera de la República PAGE División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Fiscalización del Sistema de Administración Financiera de la República Lic. Manuel González Cabezas 2 18 de enero, 2007 Al contestar refiérase al oficio Nro. 319 18 de enero, 2007 FOE-SAF-0011 Licenciado Manuel González Cabezas Auditor General BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL Estimado señor: Asunto: Consulta sobre la aplicación del artículo 7 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos a los auditores internos. Me refiero a su nota AG-10-2007 del 9 de enero de 2007, por la cual - con ocasión de la audiencia dada en virtud de la publicación en La Gaceta del proyecto de reforma al Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos- pide se le aclare la aplicación del párrafo tercero del artículo 7 de dicho Reglamento e inquiere quién es el competente para autorizar viajes al exterior y el adelanto de los gastos de viaje y de transporte, del personal de la auditoría. Inicialmente, es menester indicarle al consultante, que conforme al artículo IV de la resolución R-CO-100-2006 de la Contraloría General de la República, de las quince horas del día once de diciembre de dos mil seis, la audiencia por diez días hábiles dada a las entidades públicas, se circunscribe a las normas cuyo texto se pretende modificar, no así a la integralidad del Reglamento. En la especie, las normas que se sugiere modificar, son los artículos 11, 12, 18, 19, 22, 29, 34, 35, 36, 38, 41, 42, 42 bis, 45, 46, 52 y 53, no así el numeral 7, respecto del cual basa su consulta. Consecuentemente, su nota no será tramitada para los efectos del citado artículo IV de la anotada Resolución, sino que se conocerá como una consulta sobre la aplicación concreta del Reglamento reseñado. Del texto del párrafo tercero del artículo 7 reglamentario, cole ...
Fecha publicación: 21/01/2007
Fecha emisión: 17/01/2007
Institución: BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL
Emite: AREA FISC. SIST. ADM. FINAN. DE LA REP.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: REVISION DEL REGLAMENTO DE GASTOS DE VIAJE Y DE TRANSPORTE PARA FUNCIONARIOS PUBLICOS
Año: 2007
Tesauro: Competencia para extender autorizaciones


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Fiscalización del Sistema de Administración Financiera de la República PAGE M.Sc. Luis Polinaris Vargas 2 11 de enero, 2007 Al contestar refiérase al oficio Nro. 00116 11 de enero, 2007 FOE-SAF-0002 M.Sc. Luis Polinaris Vargas Gerente General JUNTA DE PROTECCION SOCIAL DE SAN JOSE Estimado señor: Asunto: Pago de viáticos a la República de Singapur Me refiero a su oficio No. G-3825 del 21 de diciembre del año pasado, mediante el cual consulta a esta oficina sobre los montos a cancelar por concepto de viáticos, cuyo destino sea la República de Singapur, en razón de que el Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para funcionarios públicos emitido por este órgano Contralor, no consigna una tarifa específica para dicho destino. Lo anterior, en virtud de que, de conformidad con el Acuerdo JD-418, artículo V), inciso 4) de la sesión No.29-2006, celebrada el 19 de setiembre de 2006 y modificado por Acuerdo JD-466, artículo II), inciso 5) de la sesión No.32-2006 de fecha 10 de octubre de 2006, se autorizó la participación del Dr. Sergio Ramírez Acuña, Presidente de la Junta Directiva de esa entidad, en la Convención & Trade Show 2006, organizada por la World Lottery, que se llevó a cabo en la República de Singapur, y cuyo viaje se realizó del 06 al 18 de noviembre de 2006. Al respecto me permito señalar que el artículo No.34, en su párrafo final, indica textualmente lo siguiente : “Las tarifas correspondientes a países no considerados en la tabla anterior deben ser solicitadas, para cada caso, en forma escrita, a la Contraloría General de la República, con un mínimo de cinco días hábiles de antelación a la fecha de inicio del viaje, indicándose, al menos, el nombre y cargo de cada uno de los funcionarios que viajen en esa misión oficial, las fechas previstas de salida y de regreso a Costa Rica y las ciudades a visitar. Además se deberá enviar copia de la invitación al evento y documentos ...
Fecha publicación: 14/01/2007
Fecha emisión: 11/01/2007
Institución: JUNTA DE PROTECCION SOCIAL DE SAN JOSE
Emite: AREA FISC. SIST. ADM. FINAN. DE LA REP.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: REVISION DEL REGLAMENTO DE GASTOS DE VIAJE Y DE TRANSPORTE PARA FUNCIONARIOS PUBLICOS
Año: 2007